SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En virtud a que hubo un corte de energía eléctrica, salió de su cuarto y se percató que el trabajador de los ahora demandados bajaba del techo, al preguntarle por qué le cortó la luz, éste le indicó que su madre y Mario Gabriel Herrera Torrico, le ordenaron que realice el corte porque no pagó por el servicio básico; aspecto que atenta contra su vida porque su persona es diabética y los medicamentos con los cuales trata de aliviar este mal como ser insulina (porque es insulino dependiente) deben estar refrigerados, no pudiendo estar expuestos a temperaturas altas, porque se deterioran y esto pone en peligro su vida; puesto que, el citado medicamento debe colocarse dos veces al día, situación que no fue considerada por los demandados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- destinado a la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física, locomoción y a la vida
- los particulares tienen el deber de respetar los derechos de terceros y, en consecuencia, de abstenerse de realizar acciones que obstaculicen el ejercicio de los mismos
- III.2.
- y, en última instancia, asegurar el derecho a la vida
- III.3.
- CONFIRMAR