Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
El accionante, alegó como lesionado sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones judiciales, citando al efecto los arts. 9.4, 23.I, 115, 119.II, 410.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 9.1 y 3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 7, 8.2 incs. d) y e) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- SE DEBE PRIORIZAR LOS DERECHOS DE LOS MENORES QUE TIENE UNA PROTECCIÓN PREFERENTE POR PARTE DEL ESTADO
- III.3. Consideraciones Finales
- CONFIRMAR