SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.2.
II.2. Mediante Resolución A.V. 40/2018 de 9 de marzo, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Administrativa Contenciosa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, al resolver la apelación planteada por el ahora solicitante de tutela, determinó anular obrados hasta el proveído de 11 del citado mes y año, que concedió la apelación, declarando en consecuencia, la ejecutoria de la Sentencia 23/2012 de 2 de marzo (fs. 17 y vta.); fallo de segunda instancia con el que el hoy accionante fue notificado el 3 de julio de 2018 (fs. 19); posteriormente, por Auto de 21 de agosto de 2018, bajo el fundamento de no haberse interpuesto recurso alguno contra el mencionado fallo de segunda instancia, se declaró la ejecutoria de la referida Resolución (fs. 39).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Este ámbito tutelar queda abierto siempre que no exista otro medio de protección inmediata para la protección de los derechos y garantías fundamentales o cuando las vías idóneas pertinentes
- III.2. Subsidiariedad de
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR