Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
a)
Solicita se conceda la tutela requerida y en consecuencia: a) Se deje sin efecto el Auto de 12 de febrero de 2019; b) Se conceda el recurso de apelación de 8 de ese mismo mes y año, interpuesto contra la Resolución 001/2019 de 4 de febrero y la Resolución complementaria de 12 de igual mes y año, remitiendo el mismo al Tribunal de Honor de la Asociación de Conjuntos “Folklóricos” de Oruro; y, c) Se condene en costas, costos, y el resarcimiento de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II
- protección inmediata y actual de los derechos fundamentales
- Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido
- cuando la situación de hecho que origina la supuesta amenaza o vulneración del derecho desaparece
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR