SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2019-S1

Fecha: 30-Jul-2019

1)

El accionante a través de su abogado, ratificó in extenso el contenido del memorial de interposición de la presente acción tutelar y ampliándolo en audiencia refirió que: 1) Es madre de un menor de seis meses y fue despedida intempestivamente de su fuente laboral sin tomar en cuenta el art. 48.6 del CPE, por una presunta  reestructuración, cuando es de conocimiento público que SEMASUR -unidad desconcentrada- donde cumplía sus funciones, sigue vigente y no se modificó el sistema organizacional del GAM de Cobija del departamento de Pando; 2) No se le realizó  ningún proceso administrativo interno conforme al art. 28 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales -Ley 1178 de 20 de julio de 1990-; además, conforme a la Certificación de Trabajo 15/2019 de 29 de enero, tiene la condición de personal permanente, con el cargo de Directora de SEMASUR, documental que fue refrendada por la propia autoridad ahora demandada; 3) La autoridad codemandada mediante RA de 8 de febrero de 2019, desestimó su petición de reincorporación, refiriendo que de conformidad al Decreto Supremo (DS) “28699” la estabilidad laboral está reservada para trabajadores que están regidos por la Ley General del Trabajo, lo que no concurre en su caso al tener la condición de servidora pública municipal y que por ello se encuentra sujeta a la “…Ley de Municipalidades conforme la Ley Marco de Autonomías” (sic).

Con el uso de la palabra la impetrante de tutela refirió que, de manera intempestiva fue privada de su fuente laboral por cuatro personas que se creen dueños del GAM de Cobija del indicado departamento, sin darle siquiera la posibilidad de defenderse, quienes le sindicaron de ejercer acoso laboral cuando ese extremo no es evidente, solo mellaron su dignidad; por ello, solicitó se le restituya a su puesto de trabajo porque además tiene muchas deudas.