SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de su derecho a la “seguridad jurídica”, al trabajo, a la inamovilidad y estabilidad laboral; toda vez que, la empresa Hylea 1884 S.R.L., legalmente representada por Javier Rodolfo Alborta Goncalves, Gerente Administrativo, procedió a su despido ilegal el 12 de septiembre de 2018, pese a existir un contrato de trabajo de 22 de febrero de ese año, suscrito entre partes por tiempo indefinido, incumpliendo la Conminatoria 001/2018 de 16 de noviembre, emanada de la Jefatura Regional de Trabajo Riberalta del departamento de Beni, que instruyó la inmediata reincorporación a su fuente laboral, en el plazo de cinco días, computables a partir de su legal notificación de la parte demandada, más el pago de salarios devengados y demás derechos que le corresponden.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe del demandado
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.2. Sobre el cumplimiento integral de la conminatoria de reincorporación
- III.3. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- (mujer embarazada o progenitor con hijos menores a un año y personas con discapacidad),
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- Fragmento 15
- REVOCAR en parte