SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2019-S3

Fecha: 13-Ago-2019

III.2.  Reconducción de línea jurisprudencial en cuanto al cumplimiento obligatorio de las conminatorias de reincorporación laboral, aplicando el estándar más alto

La SCP 0015/2018-S4 de 23 de febrero, identificó el razonamiento vigente por ser el estándar más alto de protección del derecho a la estabilidad laboral, en cuanto al cumplimiento obligatorio de las conminatorias de reincorporación laboral, estableciendo el alcance de la acción de amparo constitucional al respecto, todo como producto del análisis dinámico de los distintos lineamientos jurisprudenciales sobre el tema, de la siguiente manera:

“En ese contexto jurisprudencial, antes de identificar el estándar más alto de protección del derecho fundamental al trabajo, estrechamente vinculado a los principios de estabilidad laboral y continuidad de dicha relación, constitucionalmente reconocidos y protegidos, es preciso tener presente que, los citados principios, implican el mantenimiento de la relación laboral por un tiempo indefinido, asegurando al trabajador y a su familia, su subsistencia a través de la estabilidad económica, lo que en los hechos también incide positivamente en el empleador, debido a que éste contaría con personal experimentado, por la permanencia continua del trabajador, en el área donde desempeña sus funciones; sin embargo, aun reconociéndose como trascendental la estabilidad de la relación laboral y su continuidad, la misma, no necesariamente implica la inamovilidad laboral, por cuanto, conforme a ley, existen causas de despido o retiro, enmarcadas en el principio protector al trabajador, que dan lugar a la terminación de la relación laboral, las que deben ser observadas y debidamente justificadas por el empleador, de modo tal que la desvinculación laboral no constituya vulneración del derecho al trabajo; y, también existen situaciones especiales inherentes a cada trabajador (mujer embarazada o progenitor con hijos menores a un año y personas con discapacidad), que conlleva una protección reforzada a su estabilidad y continuidad laboral, provocando su inamovilidad -segundo supuesto que no será analizado en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional-.