SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2019-S3

Fecha: 13-Ago-2019

III.3.

                   Inicialmente y para la resolución del caso en estudio, cabe precisar que la problemática planteada por el accionante refiere que dentro del proceso de reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble, más pago de daños y perjuicios que le siguió José Luis Flores Salvago -ahora tercero interesado-, el Auto Supremo 723/2018 de 27 de julio, no respondió puntualmente a los agravios de su recurso de casación, sino con argumentos de cuestiones que no fueron reclamadas. De este modo, no se pronunció clara, completa y lógicamente; describió aspectos que no motivó en su recurso; no existe coherencia entre lo resuelto por el Tribunal de alzada y lo fundamentado por los demandados, obviando que la reivindicación fue producto de un acto falso, en el caso; señaló que la nulidad de documentos debió formularse mediante una excepción o acción, condición que no cumplió ni pidió, simplemente contestó negando la pretensión del demandante -en el proceso ordinario- debido a que su documento es falso; cuestionando la forma de proceder en su pretensión, y sin responder a su agravio; fundamentó la “prueba trasladada” indicando que esta no se consideró por no cumplir con los requisitos previstos en la doctrina, olvidando el principio de verdad material; y, reconoció que el derecho de propiedad del tercero interesado deriva de un acto falso, no firmando tres de los propietarios; pese a ello, dio la razón al demandante.