SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0455/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0455/2019-S3

Fecha: 23-Ago-2019

1)

Saúl Josué Aguilar Torrico, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, mediante informe cursante a fs. 30 a 35, a través de su apoderado, refirió que: 1) Mediante Resolución Ejecutiva 65/2018 de 27 de diciembre, dispuso declarar la imposibilidad de cumplimiento de los contratos de prestación de servicios eventuales, en razón de evitar daños económicos a la entidad que dirige, a partir del 1 de enero de 2019; por lo que, correspondía la resolución de contratos vigentes en dicha fecha; 2) La mencionada Resolución Ejecutiva fue base del Memorándum 1301/18 de 31 de diciembre de 2018, documento por el que el impetrante de tutela conoció su contenido, y no impugnó el mismo, entonces no habría agotado todas las vías administrativas que permiten la interposición de la acción de amparo constitucional; 3) Con relación a la Conminatoria 006/2019, esta resulta ilegal al “…estableciendo lineamientos y parámetros en consideración que el GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE ORURO en una entidad pública regida (…) en la Ley del funcionario Público.” (sic), sin tomar en cuenta el amplio marco normativo que dio lugar a la emisión de la Resolución Ejecutiva antes referida; y, 4) En mérito al Informe Administrativo UNID. PPTOS. INF 109/18 de 10 de julio de 2018 y el Informe Legal G.A.M.O/D.A.J/R.A.V. 01/2018 de 4 de julio, es que se estableció la inejecutabilidad de los contratos laborales firmados en la gestión anterior, en razón a que estos afectan el presupuesto de la institución edil.