SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2019-S3

Fecha: 23-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por Memorando 0674-15 de “9 de julio” -lo correcto es 30 de junio- de 2015, fue contratada como Técnico de la Dirección de Igualdad de Oportunidades del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro; posteriormente, de manera consecutiva en ocho oportunidades fue recontratada a través de diferentes documentos, el último fue el Contrato de Préstamo de Servicios 427/18 de 6 de abril de 2018 con vigencia hasta el 5 de similar mes de 2019; sin embargo, por Memorando “1440-18” de 31 de diciembre de 2018, la despidieron sin justificación alguna; por lo que, mediante memorial de 10 de enero de 2019, solicitó su reincorporación, al no haber obtenido respuesta, el 14 del mismo mes y año, denunció el hecho ante la Jefatura Departamental de Trabajo Oruro, instancia que emitió la Conminatoria 003/2019 de “29” -siendo lo correcto 28- del referido mes, conminando a Saúl Josué Aguilar Torrico, Alcalde de dicha entidad edil, la reincorpore en el plazo máximo de tres días hábiles e improrrogables a partir de su legal notificación, más el pago de sus salarios devengados y todos sus derechos sociales que correspondan; misma que no fue cumplida hasta el presente.