SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2019-S3

Fecha: 23-Ago-2019

potestad inviolable del individuo a ser escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea. Asimismo, implica la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal en las mismas condiciones con quien lo procesa, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente

El derecho a la defensa, es configurado como una garantías jurisdiccional, afirmación que se extrae del art. 119.II de la CPE, cuando dispone: ‘Toda persona tiene derecho inviolable a la defensa’, que de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, comprende: ‘…potestad inviolable del individuo a ser escuchado en juicio presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo, haciendo uso efectivo de los recursos que la ley le franquea. Asimismo, implica la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal en las mismas condiciones con quien lo procesa, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos…’ (las negrillas nos corresponden).

De lo precedentemente desarrollado, se colige que toda persona sindicada en un proceso -independientemente de la materia- corresponde que esté en condiciones de asumir defensa técnica y en forma oportuna, a cuyo efecto, una vez que adquiera conocimiento sobre la causa iniciada en su contra deberá tener acceso a los actuados jurisdiccionales en igualdad de condiciones, pues, la restricción en cualquiera de esos aspectos vulnera derechos fundamentales.

De ello, se deduce que el mencionado derecho no está instituido a efectos de precautelar o resguardar derechos procesales del querellante o denunciante, por cuanto este, tiene expeditos los mecanismos previstos por ley para acceder a la justicia y a la tutela judicial efectiva a través del principio de contradicción, entre otros.