Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
II.4.
II.4. Consta nota de solicitud de 11 de febrero de 2019 mediante la cual, el peticionante de tutela requirió a la Fiscal de Materia Adscrita a la División de Víctimas Especiales del referido departamento, ordene al investigador asignado al caso haga conocer el acta de garantías constitucionales otorgadas a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de la zona Max Paredes (fs. 16 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8
- II.9
- III.
- III.1. Atribución de emitir requerimientos para obtener documentación necesaria destinada a la presentación de una solicitud de cesación a la detención preventiva. Sentencia Moduladora
- De lo expuesto ut supra, se advierte que el razonamiento realizado por este Tribunal Constitucional Plurinacional, debe mutar, considerando que en toda modulación corresponde efectivizar el acceso efectivo a la justicia y la eficacia de los derechos fundamentales
- Ministerio Público se constituye en una institución de especial importancia en la eficacia de la persecución penal pública y representa a la sociedad velando el respeto de los derechos y garantías constitucionales
- Consiguientemente, a la luz del principio de favorabilidad y la fuerza expansiva de los derechos fundamentales, el Ministerio Público tiene el deber de emitir requerimientos para la obtención de documentos que sirvan a la o el imputado a presentar un incidente de cesación a la detención preventiva, aún exista acusación formal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR