Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
II.5.
II.5. A través de la solicitud de 11 de febrero de 2019, el accionante pidió a la Fiscal de Materia Adscrita a la División de Víctimas Especiales de la Ciudad de La Paz, otorgar oficios vía requerimiento fiscal al Director de la FELCV de la ciudad de La Paz para que informe la conducta del imputado y si colaboró o entorpeció la investigación (fs. 17 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8
- II.9
- III.
- III.1. Atribución de emitir requerimientos para obtener documentación necesaria destinada a la presentación de una solicitud de cesación a la detención preventiva. Sentencia Moduladora
- De lo expuesto ut supra, se advierte que el razonamiento realizado por este Tribunal Constitucional Plurinacional, debe mutar, considerando que en toda modulación corresponde efectivizar el acceso efectivo a la justicia y la eficacia de los derechos fundamentales
- Ministerio Público se constituye en una institución de especial importancia en la eficacia de la persecución penal pública y representa a la sociedad velando el respeto de los derechos y garantías constitucionales
- Consiguientemente, a la luz del principio de favorabilidad y la fuerza expansiva de los derechos fundamentales, el Ministerio Público tiene el deber de emitir requerimientos para la obtención de documentos que sirvan a la o el imputado a presentar un incidente de cesación a la detención preventiva, aún exista acusación formal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR