Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2019-S3
Fecha: 26-Ago-2019
II.8
II.8. A través de memorial presentado el 27 de marzo de 2019, el peticionante de tutela solicitó a la Fiscal del caso, emitir oficios de requerimiento fiscal para el Director de la FELCC quien debe recibir sus garantías constitucionales unilaterales a favor de la denunciante y la víctima, al que la autoridad demandada por proveído de 28 del mismo mes y año, rechazó emitir dichos requerimientos, indicando no ha lugar porque el caso se encuentra en etapa de juicio y debe acudir a la autoridad llamada por ley (fs. 19 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8
- II.9
- III.
- III.1. Atribución de emitir requerimientos para obtener documentación necesaria destinada a la presentación de una solicitud de cesación a la detención preventiva. Sentencia Moduladora
- De lo expuesto ut supra, se advierte que el razonamiento realizado por este Tribunal Constitucional Plurinacional, debe mutar, considerando que en toda modulación corresponde efectivizar el acceso efectivo a la justicia y la eficacia de los derechos fundamentales
- Ministerio Público se constituye en una institución de especial importancia en la eficacia de la persecución penal pública y representa a la sociedad velando el respeto de los derechos y garantías constitucionales
- Consiguientemente, a la luz del principio de favorabilidad y la fuerza expansiva de los derechos fundamentales, el Ministerio Público tiene el deber de emitir requerimientos para la obtención de documentos que sirvan a la o el imputado a presentar un incidente de cesación a la detención preventiva, aún exista acusación formal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR