SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0668/2019-S2
Fecha: 12-Ago-2019
concedió
La Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 141/19 de 30 de marzo de 2019, cursante de fs. 116 a 118 vta., concedió la tutela solicitada respecto del Juez demandado, disponiendo que emita mandamiento de libertad a favor del imputado, en el plazo de cuarenta y ocho horas de notificado con la resolución, y denegó la tutela respecto al Fiscal de Materia demandado, y la imposición de costas; con los siguientes fundamentos: a) El sobreseimiento fue emitido porque se determinó que el impetrante de tutela no participó en el hecho; b) La detención preventiva procedió por tratarse de un hecho en flagrancia, en el que no interesa la concurrencia de los riesgos procesales, que al no existir fundamento de autoría, queda exenta una de las reglas de procedimiento para restringir la libertad, por lo que no se podía exigir que se desvirtúen los riesgos procesales, lo que constituye un procesamiento indebido; y, c) Debe valorarse que el peticionante de tutela al encontrarse con un tratamiento médico evidentemente corre riesgo su salud.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- 1)
- i)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. Del sobreseimiento, la resolución de la impugnación de parte o revisión de oficio ante la autoridad jerárquica y los plazos que le conciernen
- a)
- III.3.
- REVOCAR
- CORRESPONDE A LA SCP 0668/2019-S2 (viene de la pág. 9).
- correctivo
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho
- Toda persona tiene derecho a la libertad
- Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley
- La libertad personal
- Las normas que autorizan medidas restrictivas de derechos, se aplicarán e interpretarán de conformidad con el Artículo 7º de este Código
- Si lo ratifica, dispondrá la conclusión del proceso con relación al imputado
- sobreseimiento no impugnado o el ratificado impedirá un nuevo proceso penal por el mismo hecho