SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2019-S4

Fecha: 21-Ago-2019

1)

El accionante a través de su abogado, ratificó el tenor íntegro de los fundamentos expuestos en su memorial de acción de libertad y respecto al informe presentado por la parte demandada, aclaró que: 1) No es que se está confundiendo la jurisdicción ordinaria con la constitucional; toda vez que, no están planteando un incidente de nulidad de notificación; 2) Instalada la audiencia de 17 de abril de 2019, por Secretaría del Juzgado se informó a la autoridad jurisdiccional demandada que no se tenía información de que se hubieran realizado las diligencia de notificación a objeto de la referida audiencia; pese a ello el Juez de la causa dispuso que para el caso de comprobarse la realización de las notificaciones se dispondría la declaratoria de rebeldía del imputado; 3) No es evidente que las vulneraciones denunciadas no se encuentren vinculadas de manera directa con la libertad; sin que sea necesaria la demostración de completo estado de indefensión y, la jurisprudencia constitucional establece que la notificación no se constituye en una simple formalidad sino que se debe asegurar que las determinaciones judiciales sean conocidas efectivamente.