SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0695/2019-S2
Fecha: 12-Ago-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
La Sala Constitucional Tercera del departamento de La Paz, emitió la Resolución 032/2019 de 2 de abril, mediante la cual, dejó sin efecto la Resolución 63/2019 de 19 de febrero, que determinó su detención preventiva en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, donde se encuentra recluido; con dicha resolución constitucional, fueron notificadas las autoridades demandadas el 5 de abril de 2019; por lo cual, debieron emitir el mandamiento de libertad a la brevedad posible.
Posteriormente, mediante memorial presentado el 5 de abril de 2019, solicitó mandamiento de libertad; sin embargo, la autoridad demandada “no hizo nada” (sic); por lo que, sus abogados realizaron un pedido verbal, a lo que la Jueza demandada respondió “no ha lugar” (sic), demostrando con ello una actuación dolosa con el fin de privarlo de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- i)
- III.1.
- 1)
- 2)
- deben acudir ante el mismo juez o tribunal de garantías que emitió la resolución constitucional inicial
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional