SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2019-S2

Fecha: 21-Ago-2019

III.1. En cuanto a la celeridad en el trámite de la cesación de la detención preventiva

Al respecto, la SC 0384/2011-R de 7 de abril, señaló que: “Sobre esta situación que en muchos casos origina la activación de la acción de libertad, el Tribunal Constitucional a través de la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, recogiendo, uniformando y adecuando los entendimientos a la actual Constitución Política del Estado, señaló que: ‘La solicitud de cesación de detención preventiva prevista por el art. 239 del CPP, está regida por el principio de celeridad procesal’, y como fundamento jurídico indicó que: ‘Bajo la égida que el derecho a la libertad ocupa un lugar importante, junto a la dignidad humana en el catálogo de derechos civiles como parte integrante a su vez de los derechos fundamentales’, tal cual lo establece el art. 22 de la CPE al señalar que: ‘La dignidad y la libertad de la persona son inviolables. Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado’, norma que debe ser interpretada en base a los valores de la misma Constitución, la cual en el art. 8.II establece que el Estado se sustenta en los valores de dignidad y libertad, entre muchos otros; se debe tener en cuenta que la restricción o límite al derecho a la libertad física en materia penal, con carácter provisional o cautelar, conforme a los requisitos constitucionales y legales, tienen naturaleza instrumental y por ende modificable.

De acuerdo al sistema procesal penal vigente, plasmado en la Ley 1970 o Código de Procedimiento Penal, el art. 239, establece los casos en que procede la cesación de la detención preventiva, empero, el presente análisis no se aboca a los casos particulares, a ninguno de los incisos del art. 239 del CPP, ni a los aspectos positivos o negativos, legales o doctrinales, o a su interpretación o efectos, sino sólo y exclusivamente a aspectos generales como es la celeridad en su trámite una vez efectuada la solicitud.