SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2019-S4

Fecha: 28-Ago-2019

a)

Julio Cesar Bustos Solíz, Fiscal de Materia, en audiencia manifestó: a) Emergente de una denuncia de violencia familiar, delito que es de extrema urgencia, se tuvo conocimiento de nuevos hechos de agresión física y psicológica contra la víctima y su descendiente, ocasionadas por el ahora accionante, quien se encontraba en estado de ebriedad; por lo que, incumplió una medida de protección dispuesta por el Ministerio Público, de manera que se activó directamente la aprehensión bajo el principio de informalidad y al amparo de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia −Ley 348 de 9 de marzo de 2013− que respalda cualquier acto que perturbe la integración de sus derechos de la víctima; b) El impetrante de tutela se negó a firmar la notificación con la Resolución de aprehensión solamente con la intención de hacer caer en error a la autoridad Fiscal, considerando que, el investigador puso en conocimiento del hecho dentro las ocho horas y, su autoridad en los siguientes minutos recepcionó su declaración informativa al imputado y resolvió la aprehensión para posteriormente ponerlo a disposición del “…Juez cautelar…” (sic), conforme a procedimiento; y, c) Rige el  principio de informalidad de la Ley 348 en su art. 4 inc. 11), por esta razón no se vulneró ningún derecho del solicitante de tutela, los nuevos hechos se encuentran plasmados en un informe psicológico, más las pruebas documentales donde se evidenció la agresión física y psicológica a la víctima.