Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2019-S4
Fecha: 28-Ago-2019
II.2
II.2. Mediante memorial presentado el 5 de febrero de igual año, el Fiscal de Materia hizo conocer al Juez de Instrucción Penal de turno del departamento de Santa Cruz, informe de inicio de investigación contra el ahora impetrante de tutela, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 bis del Código Penal (CP) (fs. 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- se debe considerar también que cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos
- SCP 0071/2018-S4 de 27 de marzo
- Fragmento 10
- III.2.
- REVOCAR