SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
a)
Erwin Velarde Campos, Presidente del Directorio del edificio Shopping “Bolívar”, por informe cursante de fs. 85 a 86, ratificado en audiencia, señaló que: a) Carece de legitimación pasiva por haber asumido el 25 de enero del mismo año sus labores, razón por la cual no tuvo conocimiento de los hechos denunciados; b) Todos los copropietarios e inquilinos al momento de ingresar a habitar el edificio, se comprometen a cumplir el Estatuto de Constitución del Edificio Shopping “Bolívar”; c) Los medidores de fluido eléctrico son de propiedad de la asociación del edificio; por lo que, la acción tutelar no tiene razón de ser en su contra; d) El art. 15 del Estatuto establece que todo servicio básico de vital necesidad provisto por la asociación para el caso de que se vea interrumpido será suministrado por cuenta de la referida asociación; lo cual está directamente relacionado con lo que señala el “art. 44 inc. h)” al indicar que se deberá resolver o aplicar el tipo de sanción por falta de pago oportuno de las expensas y los gastos compartidos de los asociados en función a sus obligaciones con respecto a la propiedad particular y de las comunes de todos; e) El 17 de noviembre de 2018, la Administración comunicó mediante carta al ahora accionante que si no cancelaba las expensas y otros, se procedería con el corte de energía eléctrica, restituyendo el servicio a su inquilina luego de que dos horas después se pagara la deuda en el Banco Bisa; por otro lado, los cortes de fluido eléctrico están determinados por Asamblea y Acuerdos de los copropietarios considerando que el servicio en el edificio es de tipo comercial y no domiciliario; razón por la cual, existe un acto consentido conforme lo indica el art. 55 inc. 2) del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, f) El impetrante de tutela no tiene legitimación “activa” para actuar en la presente acción de defensa a nombre de Leysi Camacho Arce, quien sería la inquilina del local, al no tener poder que le faculte para ello.