SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En calidad de copropietario del local comercial 166 ubicado en el segundo piso del Edificio Shopping “Bolívar”, mismo que en la actualidad se encuentra arrendado a Leysi Camacho Arce; en noviembre de 2018, fue objeto de cobros injustificados en relación a los servicios básicos de energía eléctrica y agua potable por parte de Magguiori Rocha Martínez, Presidenta del referido edificio -hoy codemandada-, tanto en relación al local comercial 160 que igualmente es de su propiedad como con relación al local 166, bajo amenazas de cortar, interrumpir o privar de la provisión del servicio básico en caso de reticencia; situación que fue materializada el 30 de noviembre y 19 de diciembre, ambos de 2018, al haberse ordenado la baja de interruptores que conectan la distribución de energía eléctrica a los locales comerciales referidos, pese a que fue exhortada para no cometer esa medida de hecho arbitraria e injustificada.
Ante tal acción el 12 de diciembre de 2018, se dirigió a través de carta notariada para que se abstenga de dicho abuso, pero haciendo caso omiso procedió de tal forma que dejó al margen de consideración los daños y perjuicios por su actitud impidiendo las actividades laborales a la arrendataria y provocando consecuencias económicas, con el argumento de que dicho local adeudaría por concepto de provisión de agua potable lo cual no es evidente; sin embargo, a través de una decisión unilateral decide privarle de energía eléctrica cuando debieron acudir a la vía legal correspondiente y no obrar a través de vías de hecho.