SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0720/2019-S1
Fecha: 12-Ago-2019
Fragmento 14
Resuelto el acto lesivo denunciado, conforme la atribución establecida en el art. 202.6 de la CPE, este Tribunal advierte, que siendo presentada esta acción de defensa el 4 de enero de 2019, el Tribunal de garantías a tiempo de su admisión por Auto de 7 de enero de igual año, señaló audiencia para su consideración el 1 de febrero del referido año (fs. 47); es decir, fuera del plazo de cuarenta y ocho horas establecido en el art. 56 del CPCo; acto procesal que luego de una inicial suspensión mereció un nuevo señalamiento para el 6 de febrero del mencionado año (fs. 87), que de igual manera fue postergado por la ausencia de uno de los miembros del citado Tribunal, y ante la imposibilidad de asistencia de la Vocal convocada, programándose una nueva para el 26 de febrero de igual año (fs.87); dilatándose nuevamente de forma excesiva la consideración y resolución de la presente acción tutelar.