SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2019-S2
Fecha: 21-Ago-2019
I.1.1.
El 1 de marzo de 2019, el Ministerio Público presentó Imputación Formal en su contra, por la supuesta comisión del delito de suministro de sustancias controladas, solicitando la extrema medida de la detención preventiva; por lo que, el 28 del mismo mes y año, interpuso incidente de nulidad de imputación por falta de fundamentación; en audiencia realizada el 17 de abril de mismo año, la autoridad demandada resolvió el incidente sin otorgar la palabra a su abogado defensor para que éste fundamente y relacione las pruebas ofrecidas objeto del mismo; finalmente, determinó por improcedente el incidente de nulidad de imputación, fijando en dicho acto procesal fecha para la consideración y aplicación de medidas cautelares para el 23 de abril de 2019 a horas 10:00; manifiesta también, que con el señalamiento de audiencia, se encuentra en peligro de ser lesionado su derecho a la libertad; toda vez que, desconoce los fundamentos de la imputación formal citada.
- I.1.1.
- Fragmento 2
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en la etapa preparatoria del proceso penal se deben impugnar las supuestas lesiones a derechos y garantías en los que puedan incurrir los órganos encargados de la persecución penal ante el juez de instrucción penal
- en caso de actividad procesal defectuosa, el incidente es el mecanismo idóneo de defensa expreso, efectivo, idóneo y oportuno
- las resoluciones pronunciadas en incidentes de actividad procesal defectuosa, pueden ser apeladas incidentalmente durante la etapa preparatoria y/o a través de la apelación restringida en el juicio oral
- pueden ser apeladas
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos