SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2019-S1

Fecha: 12-Ago-2019

II.4.

II.4.  Por CITE: GADLP/SEDESLP/URSP/CRR-NIN/056/”2018” de 22 de febrero, el Jefe de Unidad de Redes y Seguros Públicos y el Coordinador Técnico de Redes Rurales, ambos del SEDES de La Paz, pusieron en conocimiento del hoy demandado, señalando entre otros, que “…la nota de respuesta ya ha sido efectuada en la fecha 21 del mismo mes…” (sic); la cual al ser un documento que ingresa con carácter individual en forma directa al SEDES, cada interesado tiene la responsabilidad de exigir respuesta, “…esta documentación desde el momento de la emisión no se realizó ningún seguimiento, ni ha sido solicitado por parte del interesado por esta razón hasta el momento continua dicha documentación en la Secretaría de la Unidad de Redes y Seguros Públicos pendiente para su recojo…” (sic [fs. 57])