SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2019-S2

Fecha: 28-Ago-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el Juzgado de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba, cursan dos procesos en su contra ambos por la presunta comisión del delito de robo agravado, el primero de 5 de noviembre de 2018, signado con el Numero de Registro Judicial (NUREJ) 30165551; y el segundo, de 28 de igual mes y año, signado con el NUREJ 30168111. Una vez realizadas las denuncias por las supuestas víctimas, éstas no volvieron a concurrir a oficinas del Ministerio Público ni del Juzgado, ya que cursa en obrados desistimientos de ambos denunciantes.

El 11 de abril de 2019, se desarrolló la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva, del caso NUREJ 30165551, donde fue aceptada y se dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, establecida en el art. 240 del Código de Procedimiento Penal (CPP); asimismo, se hizo constar que su libertad sería efectiva, una vez que acompañe el certificado de arraigo y ofrezca la fianza económica.

Habiendo cumplido a cabalidad lo dispuesto por la autoridad jurisdiccional el 23 de abril de 2019, solicitó se libre mandamiento de libertad; el cual fue providenciado por la Jueza de Instrucción Penal Segunda de la Capital del departamento de Cochabamba, señalando que por secretaría se expida el correspondiente mandamiento, conforme prevé el art. 245 del CPP, sin embargo el 24 de abril del mismo año, la autoridad demandada, dispuso dejar sin efecto las medidas sustitutivas impuestas a su favor en los Auto de 22 de febrero y 11 de abril de 2019 de las causas 30168111 y 30165551, respectivamente; por lo que, considera que se vulneró los derechos al debido proceso, a la libertad y libre locomoción, defensa, igualdad, contradicción, oralidad y publicidad; toda vez que, la Jueza demandada sin que exista petición de partes y sin convocar a audiencia, de manera oficiosa determinó  dejar sin efectos los Autos señalados.