SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2019-S2

Fecha: 28-Ago-2019

denegó

El Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 20/2019 de 11 de mayo, cursante de fs. 47 a 50 y vta., denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) La SC 0008/2010-R y las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0154/2014-S1, 0196/2014-S3, señalan que cuando existan medios de impugnación idóneos intra-proceso que estén previstos en la normativa ordinaria, los mismos se constituyen en los mecanismos de defensa expresos, efectivos y oportunos, que deben ser agotados antes de acudir a la jurisdicción constitucional; y, 2) En cuanto al trámite e impugnación de resolución judicial que homologa o rechaza la concesión de indulto, la SCP 1309/2013 de 12 de agosto, al analizar un anterior Decreto Presidencial de concesión del beneficio del indulto, estableció: “En este sentido, tenemos que el juez competente para resolver y homologar el informe de la Comisión de Revisión de Concesión del Indulto, es el Juez de Ejecución Penal, pues el Decreto Presidencial 1445 debe ser entendido en concordancia con el art. 55 incs.1) y 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), el cual establece que: “Los jueces de ejecución penal, además de las atribuciones contenidas en la Ley del Órgano Judicial y en la Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario, tendrá a su cargo: