SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2019-S2
Fecha: 28-Ago-2019
Fragmento 12
Planteada la problemática jurídica, de los antecedentes procesales se advierte que, la impetrante de tutela en su memorial de la presente acción tutelar, denuncia que las autoridades judiciales demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y congruencia, a la defensa y a la “seguridad jurídica”, señalando que le iniciaron una indebida acción penal por los inexistentes delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado, habiendo el Ministerio Público formulado imputación formal en su contra por dichos ilícitos, lo que motivó plantee incidente de actividad procesal defectuosa, que a través de Auto Interlocutorio de 29 de marzo de 2018 fue declarado fundado por el Juez de la causa, disponiendo la nulidad de la imputación formal; determinación judicial contra la cual, la parte denunciante y el Ministerio Público interpusieron recurso de apelación incidental; instancia en la que, los Vocales ahora demandados, revocaron el Auto impugnado, declarando infundado el incidente; y por consiguiente, subsistente la imputación formal, sin haberse pronunciado sobre los puntos apelados, sino sobre otros aspectos que no se impugnaron actuando en forma ultra petita.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- [6]
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)