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    ACLARATORIO DE LA SCP 0827/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    ACLARATORIO DE LA SCP 0827/2019-S2

    Fecha: 17-Sep-2019

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    • confirmar en parte
    • Fragmento 2
    • II.1.    Respecto al principio de legalidad
    • II.2.
    • conceder
    • Fragmento 6
    • han conculcado los derechos de la recurrente al debido proceso y a la defensa
    • un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
    • seguridad
    • implica la protección constitucional de la actuación arbitraria estatal; por lo tanto, la relación Estado-ciudadano (a) debe sujetarse a reglas claras, precisas y determinadas, en especial a las leyes, que deben desarrollar los mandatos de la Constitución Política del Estado, buscando en su contenido la materialización de los derechos y garantías fundamentales previstos en la Ley Fundamental, es decir, que sea previsible para la sociedad la actuación estatal; este entendimiento está acorde con el nuevo texto constitucional, que en su art. 178 dispone que la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta, entre otros, en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, probidad y celeridad

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