ACLARATORIO DE LA SCP 0827/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ACLARATORIO DE LA SCP 0827/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

han conculcado los derechos de la recurrente al debido proceso y a la defensa

[1]El FJ III.4, señala: “En consecuencia, los Vocales recurridos, al transgreder lo dispuesto por el Procedimiento Civil, han conculcado los derechos de la recurrente al debido proceso y a la defensa, desconociendo, a su vez, una de las condiciones esenciales de la administración de justicia, cual es la publicidad, consagrada en el art. 116-X de la Constitución Política del Estado, así como los principios de igualdad procesal, preclusión, y contradicción, todo lo cual deriva en una lesión al derecho reconocido en el art. 7-a) de la Ley Fundamental, la seguridad jurídica, entendida como la garantía de la aplicación objetiva de la Ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de las autoridades pueda causarles perjuicio”.