AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2019-RCA
Fecha: 03-Sep-2019
Juez demandado
Sin embargo, en el petitorio, Olga Huayraña Morales solicita se conceda la tutela, ordenándose la nulidad de las Resoluciones FDLP/WEAL-S-10/2018, 02/2018 FIS. COR. y el Auto de Conminatoria 29 de enero de 2018, en consecuencia, se disponga que el Juez demandado convoque a audiencia de medidas cautelares dentro del proceso penal referido precedentemente, aspectos que no corresponden a los argumentos expuestos en la presente demanda, puesto que la acción de amparo constitucional únicamente refiere la vulneración de sus derechos por parte de las señaladas Resoluciones fiscales y no menciona la supuesta afectación sufrida con la emisión del indicado Auto de Conminatoria ni la razón por la cual solicita convocatoria a audiencia de medidas cautelares por parte de la autoridad jurisdiccional; incongruencias cuya subsanación se ordenaron a través de la providencia de 10 de junio de 2019 (fs. 164), las cuales, sin embargo no fueron subsanadas, más al contrario fueron ratificadas por la parte accionante, quien en su memorial de “subsanación” se limitó a reiterar todo lo expuesto en la demanda de la acción de defensa (fs. 166 a 176 vta), sin definir su pretensión mediante un petitorio claro y específico.