SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

a)

El accionante a través de su representante, ratificó in extenso el memorial de acción de libertad y ampliando el mismo señaló que: a) Por Auto Interlocutorio 288/2019 de 5 de mayo se dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, el 7 de idéntico mes y año interpuso recurso de apelación incidental contra dicho fallo, sin que se haya enviado obrados al Tribunal de alzada en el plazo legalmente establecido; posteriormente, producto de la presentación de esta acción tutelar, el 14 de similar mes y año se determinó la remisión de antecedentes a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del aludido departamento, señalando que “…dicho oficio podrán revisar no ha sido recepcionado…” (sic), pese a haber coadyuvado a la obtención de copias; y, b) Las “Sentencias Constitucionales” 1279/2011, 0036/2016-S3 y 0528/2013 -no precisó las fechas-, establecieron que la acción de libertad de pronto despacho tiene el fin de acelerar los trámites ante dilaciones indebidas que deban resolver las cuestiones que traten del derecho a la libertad.