SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2019-S4

Fecha: 03-Sep-2019

2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional’…

2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional’….

En ese orden, se tiene que, si la Policía o el representante del Ministerio Público incumplen con los plazos previstos por los arts. 225, 226 y 227 del CPP, y no existe comunicación del inicio de la investigación, corresponde que esta jurisdicción constitucional −en busca de la eficacia de los derechos fundamentales− ingrese directamente a analizar las denuncias contra dichas autoridades, pues en el supuesto en que este Tribunal evidencie que efectivamente se hubiese cumplido con los plazos previstos por el código adjetivo penal y exista control jurisdiccional, corresponde que la o el accionante acuda ante esta autoridad denunciando una posible vulneración a sus derechos; pues contrario sensu, se desconocería la labor que el legislador le otorgó a los jueces de instrucción quienes conforme lo establecido por los arts. 54 y 279 del CPP, son los contralores de derechos fundamentales y garantías constitucionales en las fases que constituye la etapa preparatoria respecto a la actuación de la Policía y el Ministerio Público.