SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0729/2019-S4
Fecha: 03-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 13 de marzo de 2019, cuando se dirigía a una clínica, a efecto de realizar análisis de laboratorios a su esposa que se encontraba delicada de salud, ingresó a un cajero automático del Banco Unión S.A., donde se sorprendió, con el reporte de no tener dinero disponible, por cual, creyendo que era un error de la máquina, se dirigió a otro cajero donde ocurrió lo mismo, no pudiendo sacar Bs1 800.- (mil ochocientos bolivianos), cuando más lo necesitaba; es así que se dio cuenta de que le retuvieron su salario; por lo que se apersonó a las oficinas del mencionado Banco, donde Carlos Martín Monroy Rodríguez, Oficial de Recuperaciones, le manifestó que no se hubiese realizado ninguna retención, sino que solo se hubiese cobrado, una deuda pendiente que tenía con la mencionada institución financiera extendiéndole un comprobante de depósito por la suma de Bs6 300.- (seis mil trescientos bolivianos); razón por la que, el 19 de marzo de 2019, presentó un memorial de solicitud de devolución de su sueldo ante dicha institución, sin que hasta la fecha tenga respuesta por parte de los ejecutivos del Banco Unión S.A.; hecho que le provocó enormes perjuicios, pues su salario está destinado a cubrir múltiples necesidades, como el estudio de especialidad de su hijo en Argentina, así como los gastos de servicios de la vivienda que habita junto a su familia y sobre todo los gastos de atención médica de su esposa que se encuentra delicada de salud.