SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

III.4.  Análisis del caso concreto

El accionante alega la lesión de su derecho al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y valoración razonable de la prueba, vinculado a la libertad y el principio de congruencia; toda vez que, a través del Auto de Vista 100 de 9 de abril de 2019, emitido por los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz –ahora demandados–, ratificaron la determinación incongruente asumida por el Juez de primera instancia, de mantener latentes los peligros procesales previstos en los arts. 233.2, 234.1. 2 y 10 y 235.2 del CPP; y en consecuencia, la medida extrema de detención preventiva; sin considerar que en la audiencia de cesación a su detención preventiva persistió únicamente el numeral 10 del art. 234 del procesal penal y que dicho verificativo se presentó la documental necesaria para desvirtuar el riesgo procesal aludido. Asimismo, se denunció que las autoridades judiciales demandadas, introdujeron hechos no considerados en la apelación, incurriendo en pronunciamiento extrapetita; en lugar de reparar los agravios denunciados.

Con la finalidad de ingresar a verificar si existió una actuación lesiva de derechos de parte de los miembros del Tribunal de apelación cuestionados a tiempo de resolver la impugnación de alzada del actual impetrante de tutela, quien aduce que dichas autoridades incurrieron en falta fundamentación y motivación, así como de una valoración razonable de la prueba y pronunciamiento extrapetita, es preciso remitirse a los fundamentos del recurso de apelación planteada por el solicitante de tutela.