SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2019-S1

Fecha: 04-Sep-2019

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 027/2019 de 7 de mayo, cursante de fs. 43 a 45 vta., concedió la tutela solicitada, “exhortando” al Juez demandado que en el plazo de veinticuatro horas remita el cuaderno de apelación ante el Tribunal Departamental de Justicia; bajo los siguientes fundamentos: 1) Según los antecedentes del caso, se tiene que dentro del proceso penal seguido contra el ahora accionante, por Auto 09/2019, se dispuso su traslado “…del Centro Maná al Centro de Rehabilitación para Varones Mocoví…” (sic), por haberse dado a la fuga en dos oportunidades y en especial, por ser considerado como un peligro para los niños que se encuentran en dicho Centro; más aún, al tratarse de una persona mayor de diecinueve años, con un prontuario amplio en la localidad de Magdalena, provincia Ítenez del aludido departamento; 2) El 1 de abril de similar año, el impetrante de tutela impugnó el referido Auto sin que hasta el momento de la interposición de la presente acción tutelar, se hubiere remitido ante el Tribunal de alzada en evidente transgresión de lo previsto en la línea jurisprudencial de pronto despacho; y, 3) La autoridad demandada, incurrió en una dilación indebida por no actuar conforme prevé el art. 405 del Código de Procedimiento Penal (CPP), vulnerando el principio de celeridad establecido por los arts. 178.I y 180.I de la CPE concordante con los arts. 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y 14.3 inc. c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), lo que deriva en la afectación de los derechos reclamados por el peticionante de tutela.