SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

Fragmento 4

Juan Carlos Flores Cangri, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto del departamento de la Paz, en audiencia sostuvo, lo que a continuación se detalla: a) Mediante Resolución 84/2019 de 3 de junio, fue rechazada su pretensión de modificación de medidas sustitutivas a la detención preventiva de la ahora accionante, determinación que fue objeto de recurso de apelación en la misma audiencia, disponiéndose la remisión de antecedentes en el plazo establecido por ley; b) El 4 del mes y año indicados, el acusador particular Reynaldo Llanqui Marca, interpuso también recurso de apelación de forma escrita, respecto al Auto Interlocutorio precitado, siendo ambos recursos, enviados el 6 de mes y gestión señalados; c) De igual forma, por “Instructivo 07/2019”, fue declarado en comisión los días 4 y 5 del mes y año referidos, para llevar a cabo audiencias de consideraciones de salidas alternativas en los Recintos Penitenciarios de Chonchocoro y Qalauma, respectivamente, uno y otro del nombrado departamento; d) De acuerdo a la SC 0542/2010-R de 12 de julio, la jurisprudencia constitucional, admite un plazo razonable de hasta tres días para remitir antecedentes de una apelación, en virtud a las previsiones estipuladas por el art. 251 del CPP, motivo por el cual, se tiene por justificado el impedimento para elevar obrados en el término de veinticuatro horas; y, e) Añadió que el informe realizado, lo realizaba de igual manera, a nombre de la codemandada, Sandra Marizol Rojas Salinas, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto del departamento de la Paz.