SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2019

Fecha: 17-Sep-2019

a)

El accionante ratificó íntegramente el contenido de su demanda de acción de defensa y, ampliando señaló que: a) En la Resolución de sobreseimiento no se tomó en cuenta solo la valoración pericial, sino tambien las declaraciones testificales de Edson Esteban Calderon, Minka Margarita Quispe, Lucio Alejandro Salazar Llanos, Richard Suárez Rodríguez Romero y otros; es decir, una valoración integral de los elementos de prueba que fueron colectados en esa etapa investigativa; b) La Resolución impugnada en los numerales 17, 18, 19, 20 y 21, hace una descripción de los elementos de prueba, tanto del testimonio de Edson Esteban Calderón, Lucio Alejandro Salazar, Elizabeth Barba Hurtado; sin embargo, en la fundamentación probatoria intelectiva ya no son tomados en cuenta; y,      c) En el cuaderno de investigación no existe informe psicológico sobre el testimonio de la víctima, que reconozca que el imputado en varias ocasiones tuviese acceso carnal con la misma.

En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para el efecto, se analizarán los siguientes temas: a) La protección de los derechos de la víctima en casos de violencia en razón de género, en el marco de un enfoque integral del problema jurídico: a.1) El equilibrio entre los derechos de la víctima y del imputado en el Estado Constitucional y su análisis en las acciones de defensa; a.2) El derecho de las mujeres a vivir libres de violencia y discriminación; y, el consiguiente deber del Estado y la sociedad de eliminar toda forma de violencia en razón de género; a.3) Las normas especiales de la Ley 348, aplicables en los procesos judiciales y administrativos por hechos de violencia en razón de género; y, a.4) El enfoque integral del problema jurídico en casos de violencia en razón de género en las acciones de defensa; y, b) Análisis del caso concreto.