SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
Fragmento 15
Identificada la problemática de la revisión de los antecedentes, se tiene que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ronald Rodríguez Sejas −hoy accionante−, por la presunta comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el art. 332 del CP; el prenombrado suscribió con el representante del Ministerio Público un acuerdo legal para la aplicación del procedimiento abreviado, aceptando la pena de tres años de privación de libertad; derivando en la emisión de la Sentencia 115/2018, a cumplir en el Centro Penitenciario Santa Cruz Palmasola (Conclusión II.1.); una vez que fue cumplida la misma conforme acredita la certificación de permanencia y conducta, el impetrante de tutela, se encuentra recluido por más de tres años dos meses y un día, razón por la cual, mediante memorial de 19 de febrero de 2019, el impetrante de tutela solicitó se disponga su libertad por cumplimiento de condena al Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Santa Cruz (Conclusión II.2); reiterando su petitorio el 27 de marzo del citado año (Conclusión II.3); sin embargo, la misma no fue efectivizada por las autoridades jurisdiccionales hoy demandadas bajo el argumento de falta de notificación a la víctima conforme acredita la representación del Oficial de Diligencias de la Central de notificaciones del Tribunal Departamental de justicia de Santa Cruz (Conclusión II.4).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- Fragmento 4
- concedieron
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 3)
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- tramitadas, resueltas
- Fragmento 15
- tres meses
- CONFIRMAR