SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0835/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En fecha 22 de marzo de 2019, presentó ante el Director del Centro del Centro Penitenciario de Santa Cruz “Palmasola”, un oficio emitido por la Jueza Cuarta de Ejecución Penal de la Capital del departamento de Santa Cruz; mediante el cual, ordenaba la remisión de documentos para la obtención del beneficio de redención del segundo periodo del sistema progresivo.

En razón a que, pasado un tiempo, no hubo respuesta de la Dirección del Régimen Penitenciario que estaba a cargo de Dick Edgar Camacho Banegas, se hizo saber de este retraso a la indicada Jueza de Ejecución Penal; quien, mediante Decreto de 2 de mayo de 2019, conminó al Director, para la remisión de la carpeta del incidente de redención, otorgándole un plazo de cuarenta y ocho horas desde su notificación, la misma que se realizó el 8 de mayo del indicado año.

Al no tener repuesta, el 20 del señalado mes y año, hizo conocer a la mencionada Jueza, el incumplimiento del Director del Centro Penitenciario Santa Cruz “Palmasola” de la remisión ordenada, haciendo mención a los arts. 154 y 160 del Código Penal (CP). En la fecha señalada, se hizo llegar un oficio de reclamo al Director de Régimen y al Gobernador; sin embargo, hasta la fecha no obtuvo respuesta de ninguna de las solicitudes, vulnerándose de esa manera su derecho a la libertad y el principio de celeridad, puesto que el no dar respuesta sin justificativo alguno, constituye dilación indebida, siendo que él es una persona de la tercera edad, y al encontrarse mal de salud, se atentó contra su derecho a la libertad.