VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0875/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0875/2019-S2

Fecha: 25-Sep-2019

denegar

En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 125 de la CPE; por lo que, la Sala Constitucional Segunda del departamento de Cochabamba, al denegar la tutela impetrada, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dio correcta aplicación al citado precepto constitucional.