Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0188/2020-CA
Fecha: 08-Oct-2020
I.2. Petición
La accionante solicita se declare la inconstitucionalidad del art. 15.2 del Reglamento General del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi del departamento de La Paz, aprobado por Resolución Municipal 11/2020; por ser presuntamente contraria a los arts. 8.II, 14.II y 410.II de la CPE; 21.2 de la DUDH; 2.2, 3 y 5 inc. c) del PIDCP; 3 y 7 inc. b) de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; y, “4” del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- I.2. Petición
- de los Órganos Legislativos de las Entidades Territoriales Autónomas,
- a)
- El accionante debe explicar las razones, por las que se considera que las normas impugnadas son contrarias al texto de la Constitución Política del Estado;
- II.3. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR
- CORRESPONDE AL AC 0188/2020-CA (viene de la pág. 6)