SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2020-S3

Fecha: 02-Oct-2020

III.1.  La cosa juzgada constitucional

Al respecto, la SCP 0018/2020-S3 de 18 de febrero, señaló que: [Con relación a las decisiones emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, el art. 203 de la CPE, señala que: “Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno”; de lo que se entiende que los fallos emitidos por este Tribunal son definitivos, no existiendo medio alguno por el cual se los pueda desconocer o revocar; toda vez que, ni siquiera este Tribunal Constitucional Plurinacional, tiene la facultad de pronunciarse nuevamente o juzgar dos veces sobre lo ya decidido y resuelto en un fallo constitucional anterior, y mucho menos revisar la determinación adoptada en una Sentencia Constitucional Plurinacional con valor de cosa juzgada constitucional, pues de lo contrario se estaría vulnerando el principio de seguridad jurídica.