SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2020-S2
Fecha: 06-Oct-2020
concedió parcialmente
El Juez Púbico Mixto, Civil y Comercial, de la Niñez y Adolescencia y Sentencia Penal Segundo de Punata del departamento de Cochabamba, por Resolución de 2 de diciembre de 2019, cursante de fs. 151 a 152 vta., concedió parcialmente la tutela solicitada, ordenando la inmediata restitución del servicio de agua potable en la casa que habita la accionante en la comunidad de Huañacota del municipio de Tacachi de la indicada localidad y departamento, denegándose respecto al corte de agua suscitado en 1999, por haber precluido su derecho a reclamar; ya que, el tiempo transcurrido denota consentimiento de la parte; con base en los siguientes fundamentos: i) Se demostró que efectivamente hubo un corte en el suministro de agua potable en un bien inmueble de la precitada Comunidad; ii) Con relación a la afirmación que la impetrante de tutela no vive en el inmueble donde suspendieron dicho servicio; lo importante, es el hecho que esta habita o ingresa algunos días a la casa; por ello, se enteró del mismo, consiguientemente cuenta con legitimación pasiva; iii) En el caso, no es posible considerar el derecho propietario de la vivienda ni de la acción de agua potable; y, iv) Según acta de la Comunidad, hubieron reclamos de los pobladores con relación a que la peticionante de tutela en la casa de su sobrina “Sonia”, dejaba el grifo abierto, sin percatarse del derroche de agua, lo que molestó a los socios y en asamblea decidieron cortar el suministro, cuando lo más prudente era llamar la atención de la prenombrada y no tomar esa medida extrema.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- sale la vertiente de agua, mismas que, ésta asociación, recibe para distribuir a la comunidad
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.2.
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- corresponde en este estado de cosas, delimitar los presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional frente a vías de hecho
- Fragmento 11
- III.2. El derecho a la vida relacionado con el derecho al agua
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR