Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2020-S2
Fecha: 06-Oct-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En su condición de heredera universal poseía dos conductos de agua potable que se encontraban dentro del inmueble ubicado en la comunidad de Huañacota perteneciente al municipio de Tacachi, provincia Punata del departamento de Cochabamba; sin embargo, en 1999 de forma abusiva fue privada de uno de los mismos, no realizando las acciones necesarias, conformándose con el ingreso del líquido elemento que le quedaba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- sale la vertiente de agua, mismas que, ésta asociación, recibe para distribuir a la comunidad
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.2.
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- corresponde en este estado de cosas, delimitar los presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional frente a vías de hecho
- Fragmento 11
- III.2. El derecho a la vida relacionado con el derecho al agua
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR