SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2020-S2

Fecha: 13-Oct-2020

sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción

El art. 125 de la CPE, contempla al procesamiento indebido dentro de las causales de procedencia de la acción de libertad, y de la misma manera lo hace el art. 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo) a tiempo de definir su ámbito de protección; sin embargo, según por la jurisprudencia constitucional, la protección del debido proceso a través de esta acción tutelar no es generalizada, sino obedece a ciertas condicionantes, las que fueron desarrolladas inicialmente en las SSCC 1865/2004-R de 1 de diciembre y 0619/2005-R de 7 de junio, y reiteradas en varios fallos del Tribunal Constitucional Plurinacional, como la SCP 0464/2015-S3 de 5 de mayo, que a partir de la doctrina establecida en las indicadas sentencias estableció que: “Al respecto, la doctrina desarrollada por el entonces Tribunal Constitucional, estableció que la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional, dado que mediante ésta no es posible analizar actos o decisiones demandados como ilegales que no guarden vinculación con los derechos citados. Además de este requisito, debe tenerse presente que opera igualmente el principio de subsidiariedad, de modo que previo a su interposición, deberán agotarse los medios idóneos dentro de la jurisdicción ordinaria donde se tramita la causa, y no pretender su tutela en el ámbito constitucional, cuando los reclamos no fueron activados oportunamente, habida cuenta que no puede utilizarse para salvar la negligencia de la parte accionante. Entendimiento que fue asumido también por las SSCC 0200/2002-R, 0414/2002-R, 1865/2004-R, 0619/2005-R y 0057/2010-R, entre otras (las negrillas son agregadas).