Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2020-S2
Fecha: 13-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la lesión de sus derechos a la libertad de locomoción y al debido proceso; toda vez que, habiendo interpuesto recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio de 10 de febrero de 2020, que rechazó su solicitud de cesación de la detención preventiva, el mismo no fue remitido al Tribunal de alzada hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar, incumpliendo el plazo de veinticuatro horas establecido por el art. 251 del CPP, aspecto que atenta contra el ejercicio de sus derechos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- este tipo de acción se activa para reparar las lesiones al derecho a la libertad ante demoras injustificadas que perjudican a la persona privada de la misma,
- apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR