SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2020-S4
Fecha: 20-Oct-2020
i)
Fidel Alejandro Castro Martínez y Roxana Choque Gutiérrez, ex y actual Fiscal Departamental de Potosí, no presentaron informe alguno; empero, en audiencia, por sí y a través de sus representantes, señalaron que: i) Respecto a la existencia de dos resoluciones de sobreseimiento, resultaba evidente tal afirmación; sin embargo, correspondía aclarar que a través de la Resolución “FDPTISFASM Nro.72/2017” (sic) de 16 de junio, no ingresó a analizar el fondo de la impugnación al sobreseimiento, sino que dispuso la emisión de nueva resolución fiscal, en la que se subsane la incongruencia en la que había incurrido al referirse al imputado Eddy Chambi Chacapacha, quien había fallecido durante la investigación; consecuentemente, la resolución jerárquica no resultaba atentatoria a los derechos y garantías de la parte accionante; correspondiendo a la vía ordinaria revisar dichas circunstancias, mediante el control jurisdiccional y no acudir de manera inmediata a la justicia constitucional; ii) No se podía establecer la autoría mediante la suposición de un hecho delictivo y eso se explicó en la resolución jerárquica, lo mismo se estableció con el uso de instrumento falsificado; porque no habían elementos que hagan conocer objetivamente que los imputados conocían que el certificado medioambiental, así lo hubieren presentado, y la falsificación era atribuible al coimputado Eddy Chambi Chacapacha , que falleció; iii) La muerte de uno de los imputados, se produjo un mes antes de que se haga cargo de la Fiscalía Departamental de Potosí, y si bien no constituye una salvación para los coimputados; sin embargo, se debía actuar de manera objetiva y considerar que el cuaderno de investigaciones cursaba un informe y una declaración jurada notarial, realizada en un acto de arrepentimiento, admitiendo que él había falsificado y firmado el informe de IBMETRO, en calidad de exfuncionario; consecuentemente, su muerte agravaba la situación para investigar el uso de instrumento falsificado; y, iv) Los Fiscales de Materia, llegaron al mismo razonamiento, por ello emitieron los requerimientos de sobreseimiento, y no se les podía revocar la resolución, porque evidentemente tenían razón al señalar que faltaban indicios para demostrar que los imputados habían cometido el delito de uso de instrumento falsificado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la exigencia de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones del Ministerio Público en la valoración de la prueba. Jurisprudencia reiterada
- cualquier determinación del Ministerio Público, que en los hechos resuelva la situación jurídica del ciudadano al que se le atribuye la comisión de un supuesto delictivo, tales como: a)
- cuando el Ministerio Público tome una determinación que resuelva la situación jurídica del ciudadano al que se le atribuye la comisión de un delito, pudiendo
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR