SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2020-S3

Fecha: 15-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el fenecido proceso de divorcio seguido por Elsa Vania Canedo Clavijo en su contra, se suscribió un acuerdo de custodia compartida respecto a su hija menor de edad. En el periodo en el que la menor se encontraba al cuidado de su madre fue objeto de maltrato físico y psicológico, motivo por el que presentó una denuncia penal en su contra, la cual se encontraba bajo la dirección funcional de Evelyn Karen Calderón Yana, Fiscal de Materia. Durante la investigación preliminar cumplió con la carga de la prueba y demostró los hechos denunciados; sin embargo, la mencionada Fiscal de Materia, con evidente parcialización hacia la parte contraria emitió la Resolución de Rechazo de Denuncia 18/2019 de 20 de marzo, que fue objetada en tiempo oportuno. Además, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia también presentó su respectiva objeción -fuera de plazo-. Remitidos los antecedentes ante el Fiscal Departamental de La Paz, esa autoridad confirmó el rechazo con el argumento que no presentó objeción, siendo esa afirmación completamente falsa.

Debido a la pérdida de su memorial de objeción por parte de la Fiscal de Materia, el 3 de octubre de 2019 presentó denuncia disciplinaria en su contra, la cual fue sorteada a Nataly Emma Vargas Vargas, Autoridad Sumariante del Ministerio Público ahora accionada, quien tenía la obligación de admitir o rechazar su denuncia en el plazo de cuarenta y ocho horas, conforme al art. 127.I de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP); sin embargo, transcurrieron cuarenta y dos días y mil ocho horas desde su presentación y la señalada Autoridad Sumariante no se pronunció sobre su denuncia, incurriendo así en retardación de justicia y vulnerando sus derechos.