SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2020-S2

Fecha: 09-Nov-2020

i)

Juan Calle Coyo, funcionario policial, en audiencia informó que: i) Se encontraba resguardando el inmueble de la familia “Romero” para que no sea quemada o agredida, aspecto que se le explicó a Mónica Clemencia Ramírez Marquez, quien posteriormente se fue; siendo esa su participación en el hecho; ii) No se le identificó, “…doctora y quiera que me vea (…) ¿si yo le he agarrado, (yo vestía uniforme verde) yo le he llevado enmanillado al DP4? quisiera que me diga en honor a la verdad…” (sic); aclaró que su presencia en ese lugar fue hasta las 13:00 horas, llegando el personal de relevo de la Unidad Táctica de Operaciones Policiales (UTOP) y no así funcionarios policiales de apoyo que estaban a cargo de su persona; iii) En ningún momento aprehendió a la prenombrada ni a los peticionantes de tutela, el único error que cometió fue elaborar el informe de acción directa a solicitud de la UTOP; en sentido que, vio ingresar a los aludidos al referido domicilio firmando en calidad de testigo; esa fue su participación; sin embargo, está en contra de dicho informe; y, iv) No les privó el ingreso al citado domicilio más al contrario protegió a los accionantes.